¿Qué son los Contratos para la Formación y el Aprendizaje?

Cualifikados
Contratos para la Formación y el Aprendizaje

 

RESPUESTA FORMATIVA PARA: TRABAJADORES / EMPRESAS / EMPRENDEDORES

Hello World!!

En relación con los contratos para la formación y el aprendizaje, este artículo pretende dar a conocer una modalidad de contratación muy ventajosa para las empresas y trabajadores.

Comenzamos por definir y luego enumerar las principales características de estos contratos.

¿QUÉ SON?

  • Es una modalidad de contrato que tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores. en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa, con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.

OBJETIVOS PRINCIPALES

  • Destinado a favorecer la inserción laboral de los jóvenes.
  • Incrementar la cualificación profesional de los trabajadores.
  • La actividad formativa se recibe en el marco:
    1. Del sistema de FPE (Certificados de profesionalidad) o
    2. Del sistema educativo (Título de Formación Profesional).

CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE FORMACIÓN:

  • Jornada: será una jornada completa. Del total de la jornada, durante el primer año, el 75% será de trabajo efectivo y el 25% será formación teórica . Para el 2º y 3er año, será un 85% de trabajo y 15% de formación.
  • Duración: 1 año, prorrogable hasta un máximo de 3 años. Salvo que por convenio colectivo se establezca otra duración, nunca inferior a 6 meses, o superior a 3 años.
  • Período de prueba: 2 meses, excepto si en convenio se especifica otro período.
  • Modalidad: teleformación, que imparte un centro acreditado por el SEPE, como Grupo AKDcr, con acreditación nº 8000000498.
  • Formación oficial: El trabajador que supere la formación obtiene la acreditación de una formación reglada, que se corresponderá con el certificado de profesionalidad de la ocupación que desempeña en su puesto.
  • Ocupación del contrato: relacionada directamente con su puesto de trabajo. En el caso del Grupo AKDcr:
    1. Actividades Auxiliares de Comercio (230h - COMT0211) de nivel 1.
    2. Actividades de Venta (510h - COMV0108) de nivel 2.
    3. Gestión Comercial de Ventas (530h - COMT0411) de nivel 3.
  • Salario: según el convenio colectivo. En ningún caso, podrá ser inferior a la proporción de trabajo efectivo sobre el Salario Mínimo Interprofesional. (SMI)

Además, desde el pasado 4 de agosto, según establecen los PGE, existe una ayuda 430€ para el trabajador. Este beneficio podrán percibirlo durante un período de 18 meses y podrán acumularse en un máximo de tres contratos distintos. Hablaremos de él en el futuro.

Para concluir, desde Grupo AKDcr podemos asesorar a aquella empresa que pueda estar interesada en contratar personal, profundizando más en las características de este tipo de contratos.

Juntos… ¡Conectamos la Formación con el Empleo!

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