¿Qué requisitos se deben cumplir para hacer un curso en la FPE y qué tipo de cursos existen?

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¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA REALIZAR UN CURSO?

Las personas que quieran participar en los cursos de formación tienen que: ² Ser mayores de 16 años, es decir, estar en edad laboral. ² Cumplir los requisitos mínimos exigidos en el perfil de acceso al curso y ² Superar el proceso de selección correspondiente a cada curso.

Además, las personas trabajadoras en situación de desempleo deben: ² Estar inscritas en una Oficina de Empleo de Castilla - La Mancha, en el momento de su incorporación al curso.

Y las personas ocupadas deben: ² Ser residentes en la Comunidad de Castilla – La Mancha o estar ocupando un puesto en un centro de trabajo ubicado en la Región en el momento de su incorporación al curso.

¿QUÉ TIPOS DE CURSOS EXISTEN?

Se pueden impartir tres tipos diferentes de especialidades, todas catalogadas en las 26 Familias Profesionales que existen:

1. Certificados de Profesionalidad (CP). Un certificado de profesionalidad acredita con carácter oficial las competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral con significación en el empleo. Tiene carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Se pueden impartir: a. En su totalidad. b. Por Módulos Formativos (MF). c. Por Unidades Formativas (UF). Cuando los módulos formativos tienen más de 90 horas se dividen en unidades más pequeñas (no menores de 30 horas), solo para la formación de personas trabajadoras ocupadas.

2. Catálogo de Especialidades Formativas del Servicio de Empleo Estatal (FM). El fichero, cuyo desarrollo y actualización es competencia del Servicio Público de Empleo Estatal, es un conjunto de especialidades formativas ordenadas por Familias Profesionales.

3. Nuevas Especialidades (NE). En este apartado comprende aquellas especialidades formativas no incluidas en los apartados anteriores, que ajustan su contenido y horas a las necesidades específicas de las empresas etc.

Estos cursos pueden incluir módulos de formación complementaria en áreas que se consideran prioritarias: tecnologías de la información y la comunicación, seguridad y prevención de riesgos laborales, sensibilización en medio ambiente, promoción de la igualdad y orientación profesional, competencias básicas etc.

Estas especialidades se pueden impartir de dos maneras: de forma presencial o mediante teleformación.

 

lgunos de los cursos incorporan la posibilidad de realizar prácticas profesionales. Se puede distinguir los siguientes tipos de prácticas, según la acción formativa a la que acompaña:

· Módulo de formación práctica en centro de trabajo para las acciones formativas de Certificado de Profesionalidad (MFPCT).  Este módulo será obligatorio para aquellos participantes que quieran obtener el certificado de profesionalidad. Se realizará una vez superados el resto de los módulos formativos de cada certificado de profesionalidad, si bien, de forma excepcional, podrá desarrollarse simultáneamente a la realización de aquéllos, previa autorización por parte de la Administración.

· Prácticas profesionales no laborales en empresa. Acompañan a acciones formativas del Catálogo de Especialidades Formativas. Tendrán carácter voluntario para el alumnado, pudiéndose realizar bien simultáneamente a la realización del curso, una vez transcurrido al menos el 40% del total del mismo, o bien una vez finalizado, cuando se haya superado el mismo con una evaluación positiva. Con carácter general tendrán una duración mínima de 100 horas, sin perjuicio de que pueda tener otra duración.

· Prácticas individuales para aquellas acciones formativas cuyo objeto sea el emprendimiento. Están enfocadas al desarrollo de ideas innovadoras y/o 8 empresariales del alumnado. Serán independientes del resto de prácticas y tendrán carácter voluntario para el alumnado. La duración será la necesaria para ejecutar los contenidos descritos en el proyecto formativo, aproximadamente 40 horas.

· Prácticas de carácter internacional. Las prácticas profesionales no supondrán, en ningún caso, la existencia de relación laboral entre las personas participantes y las empresas

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