Participación en el Programa de Apoyo Activo al Empleo con Ayuntamientos como CENTROS UNIDOS X EL EMPLEO
¿Qué son los Programas de Apoyo Activo al Empleo y como podemos colaborar como centros acreditados/colaboradores de la JCCM?
Como centros de formación acreditados de Castilla la Mancha, estamos atentos a cuantas necesidades formativas y productivas podamos cubrir a través del equipo profesional que conforman nuestras Aulas De Formación Profesional para el Empleo
En este caso y a través de este artículo, nos ponemos a disposición de entidades locales para llevar a cabo la formación obligatoria impuesta como novedad en la ejecución de los Planes de Empleo de Ayuntamientos que se pondrán en marcha en 2024.
LISTADO DE CENTROS DEL GRUPOAKDcr UNIDOS X EL EMPLEO
Como grupo y especialistas en la gestión de la Formación para el Empleo, contamos con centros homologados con aulas de formación profesional para el empleo ubicad@s en las siguientes localidades:
- Daimiel / Respuestas Formativas (Aula FPE AKD/ Aula FPE FERROAL / Aula FPE ORETANIA CR)
- Villarrubia de los Ojos /Respuestas Formativas (Aula FPE AKD)
- Miguelturra /Respuestas Formativas (Aula FPE DEYCOR)
- Torralba de Calatrava / Asesyde (Aula FPE Residencia Virgen Blanca)
- Almagro /Cruz 99 / (Aula FPE Cerámica Cruz)
- Argamasilla de Calatrava / Grupo Arte / (Aula FPE INFOSA)
- Ciudad Real / Eduk-t / (Aula FPE EDUK-T)
JUNTOS CONECTAMOS LA FORMACIÓN CON EL EMPLEO
Entre TODOS damos respuesta a múltiples familias profesionales y/o especialidades en las que estamos inscritos dentro del Grupo AKDcr, así como otras de posible homologación.
Para el diseño del plan de formación 2024, seleccionaremos aquellos proyectos que mejor puedan adaptarse a nuestros recursos, es por ello que ofrecemos lineas de actuación específicas y transversales, en función del ayuntamiento que solicite posible convenio de colaboracion, tomando como criterio el tiempo de preparación y análisis de necesidades formativas.
La fecha fin de convocatoria ha sido el 3 de noviembre, pero no será hasta enero cuando se defina el PLAN DE FORMACIÓN definitivo que podrá ponerse en marcha una vez iniciada la LINEA 2
Quedamos a disposición de cuantos agentes sociales precisen de nuestros servicios, tanto en esta linea de trabajo como en cualquier otra, en la que podamos ser útiles.
¿AYUNTAMIENTO INTERESAD@? ¡¡RELLENEN ESTE FORMULARIO (PINCHEN ENLACE) !!
MÁS INFO...
(Extracto de la Orden 176/2023, de 17/10/2023, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del programa de apoyo activo al Empleo y se efectúa la convocatoria para 2023)
El Gobierno de Castilla-La Mancha, junto con los agentes económicos y sociales más representativos de la Región (Confederación Regional de Empresarios de Castilla-La Mancha, Comisiones Obreras de Castilla La Mancha y Unión General de Trabajadores de Castilla La Mancha), suscribió el 15 de diciembre de 2021, el Pacto por la Reactivación Económica y el Empleo de Castilla-La Mancha 2021-2024. En colaboración con los mencionados agentes económicos y sociales se elabora este programa de apoyo activo al empleo, en el que la contribución de los mismos ha sido fundamental para su puesta en marcha y lo será también para su seguimiento posterior. En el Eje 2 del referido Pacto, bajo la denominación Empleo y Mejora del capital humano, se lleva a cabo un rediseño de las políticas activas de empleo, para lograr una activación para el empleo sostenible y de calidad. Dentro de dicho Eje 2 y en la Línea de actuación 1 del mismo (Hacia el pleno empleo) se enmarca el objetivo 3 (Desarrollar programas de inserción laboral, dirigidos a mujeres víctimas de violencia de género o en situación de vulnerabilidad) y, fundamentalmente, el objetivo 7 (Mejorar la empleabilidad de las personas mayores de 50 años, desempleadas de larga duración y personas en riesgo de exclusión).
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Objeto y finalidad.
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del programa de apoyo activo al empleo, que combine la contratación de las personas desempleadas pertenecientes a colectivos vulnerables y en situación de exclusión social por parte de las entidades locales y de las empresas de Castilla-La Mancha, con actuaciones de orientación y formación para el empleo, así como efectuar la convocatoria para 2023, a través de las siguientes líneas:
Línea 1.- Ayudas para la contratación por las entidades locales.
Línea 2.- Ayudas para la formación profesional en el ámbito laboral. En esta línea y como novedad, podrán ser beneficiarias de las subvenciones, las entidades locales acreditadas y/o inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación y los centros de formación acreditados y/o inscritos en el citado Registro, que suscriban un acuerdo de colaboración con una o varias entidades locales beneficiarias de las subvenciones reguladas en la línea 1. Las entidades locales que cuenten de forma aislada o en agrupación con otras entidades locales, con un número igual o superior a 5.000 habitantes, deberán incluir en la solicitud de las subvenciones previstas en la línea 1, alguna de las acciones formativas previstas en el artículo 32, para que al menos el 30% de las personas a contratar adquieran una cualificación profesional, conforme a las condiciones previstas en la orden.Es en este punto en el que entramos como ENTIDAD DE FORMACIÓN INSCRITA EN EL LISTADO DE CENTROS ACREDITADOS de la Consejería de Economía Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha
Línea 3.- Ayudas para la contratación de las personas titulares del cheque empleo.
La finalidad de estas subvenciones consiste en crear oportunidades de inserción en el mercado laboral, mediante la formación y la contratación de las personas desempleadas, así como actualizar o renovar sus competencias profesionales y prevenir las situaciones de exclusión social, posibilitando realizar con ellas acciones de orientación laboral y de formación profesional en el ámbito laboral.
Beneficiarios
a) Línea 1: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades locales de Castilla-La Mancha, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas y las agrupaciones de municipios.
b) Línea 2: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación. En el caso de que estas entidades no sean entidades locales, deberán suscribir el correspondiente acuerdo con una o varias de las entidades locales beneficiarias de las subvenciones reguladas en la línea 1.
c) Línea 3: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, las empresas, las entidades sin ánimo de lucro, las personas trabajadoras autónomas, las sociedades laborales o cooperativas y las comunidades de bienes, que realicen contrataciones por tiempo indefinido o contratos formativos con las condiciones establecidas en la presente orden
Destinatarios de las acciones de formación
Serán destinatarias de este programa así como de las acciones de formación derivadas del mismo, COLECTIVOS VULNERABLES o susceptibles de EXCLUSIÓN SOCIAL.
Las personas que sean seleccionadas para su contratación en la línea 1 deberán realizar con anterioridad al inicio de la relación laboral, alguna de las acciones de formación profesional en el ámbito laboral reguladas la orden, para las que han sido seleccionadas por la entidad local, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas y las agrupaciones de municipios, en coordinación con la Oficina Emplea de Castilla-La Mancha, según el porcentaje definido en la orden.
En cualquier caso, las personas trabajadoras desempleadas que realicen la formación, podrán percibir becas y ayudas de transporte, manutención y alojamiento, asociadas a su asistencia. También se establecen ayudas a la conciliación, que tienen por objeto permitir a las personas desempleadas, conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijos e hijas menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado. Las becas podrán ir dirigidas a personas con discapacidad, personas trabajadoras desempleadas en situación de vulnerabilidad y mujeres víctimas de violencia de género. La concesión de las becas y ayudas de transporte, manutención y alojamiento, así como a la conciliación, se realizará mediante el procedimiento de concesión directa, sin establecer comparación entre las solicitudes, ni prelación entre las mismas, otorgándose las subvenciones siempre que las personas reúnan los requisitos establecidos.
Ver texto completo de la orden, pinchando este enlace
PD. Ver infografía RESUMEN
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