Contratos para la Formación y el Aprendizaje

Recorrido

¿Qué es?

El Contrato para la Formación y el Aprendizaje es una modalidad de contrato laboral (RD488/1998) cuyo fin es que el trabajador adquiera la formación profesional específica de un oficio, de forma teórica y práctica, en su puesto de trabajo.

¿Qué ofrece?

A los trabajadores:

Jornada: completa. El 75% será de trabajo efectivo y el 25% se dedica a formación teórica durante el primer año. Para el 2º y 3er año, será un 85% de trabajo, y 15% de formación.

Duración: 1 año, prorrogable hasta un máximo de 3 años.

Período de prueba: 2 meses, excepto si en Convenio se especifica otro período.

Formación oficial: El trabajador que supere la formación obtiene la acreditación de una formación reglada, que se corresponderá con el Certificado de Profesionalidad de la ocupación que desempeña en su puesto.

Ocupación del contrato: relacionada directamente con su puesto de trabajo.

Salario: según el Convenio Colectivo. En ningún caso, podrá ser inferior a la proporción de trabajo efectivo sobre el Salario Mínimo Interprofesional. (SMI para el año 2018: 735,90 €/mes).

A las empresas:

Es el contrato laboral bonificado que más ventajas puede aportar a la empresa. Actualmente es el único contrato bonificado que permite aplicar 3 bonificaciones mensuales durante toda la vigencia del contrato:

  1. Reducción del 100% de los seguros.
  2. Bonificación del 100% de la formación teórica.
  3. Bonificación adicional de entre 60 y 80 € para la empresa en concepto de tutorización.
¿Para quién? Requisitos

TRABAJADOR:

  • Inscrito en el SEPE como demandante de empleo y en SNGJ.
  • No tener titulación relacionada con el puesto a desempeñar.
  • Mayor de 16 años y menor de 30.
  • Título ESO à nivel 2
  • Titulo Bachillerato à nivel 3
  • Además, AKD recomienda que el alumno esté comprometido a realizar la formación, disponer de las competencias tecnológicas básicas para poder realizar una formación online y acceso a internet.

EMPRESA:

  • No tener deuda con Hacienda o la Seguridad Social.
  • No haber sido sancionada.
  • Debe comprometerse a respetar el horario de trabajo efectivo y de formación.
  • La empresa asignará al trabajador un tutor en su mismo centro de trabajo durante toda la vigencia del contrato con la capacitación o experiencia suficientes para realizar dicha tarea.
¿Cuándo? Fechas de realización

SOLICITUD AUTORIZACIÓN FORMATIVA SEPE (1 MES) -> INICIO DEL CONTRATO

3 CONVOCATORIAS AKD: ENERO, MAYO Y OCTUBRE.

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